Santo Domingo, 29 de junio de 2026 – Asociaciones y gremios son cuestionadas al sustituir sistemáticamente el nombre oficial del municipio en sus comunicados y notas de prensa.

Un caso reciente llegó mediante un correo de una asociación del sector de la construcción. El texto señala:
“Iubell Montes de Oca, presidente del gremio que agrupa a los constructores de Costa del Faro, explicó que esta aprobación que fue realizada con carácter de urgencia y sin un amplio debate técnico, impactará de forma directa en los costos de un sector que ya es altamente gravado.”
Esta redacción reemplaza directamente el nombre oficial del municipio por otra denominación.
El titulo de la nota de prensa a «difundir» es: ACOSDE advierte cambios a Ley 225-20 podrían encarecer precio viviendas.
De acuerdo con la Ley No. 176-07 del Distrito Nacional y los Municipios, el nombre oficial de cualquier municipio solo puede ser modificado mediante una ley del Congreso Nacional. Ninguna asociación, empresa o autoridad local tiene la facultad de cambiarlo o sustituirlo en documentos públicos.
Utilizar de forma reiterada un nombre diferente al oficial en notas de prensa, comunicados o declaraciones puede interpretarse como un uso indebido de la denominación territorial. Aunque las marcas promocionales son herramientas válidas para mejorar la imagen de un municipio, estas no reemplazan la identidad legal establecida por ley.
¿Qué riesgos enfrenta la asociación?
Las entidades que emiten este tipo de comunicados podrían exponerse a:
- Advertencias y requerimientos formales del Ayuntamiento de Santo Domingo Este y del Instituto Geográfico Nacional.
- Sanciones por publicidad engañosa, según la Ley 358-05 de Protección al Consumidor.
- Pérdida de credibilidad ante los medios de comunicación y el público.
- En casos de uso malicioso y reiterado, posibles acciones legales por inducir a confusión.
Los especialistas en derecho municipal recomiendan utilizar siempre el nombre oficial Santo Domingo Este en todas las comunicaciones formales. Cualquier marca o denominación complementaria debe usarse de forma clara y secundaria, nunca como sustituto.
El nombre oficial de los municipios forma parte del ordenamiento territorial y de la institucionalidad del país. Sustituirlo de manera informal en notas de prensa no solo genera confusión, sino que también puede acarrear consecuencias administrativas y reputacionales para las organizaciones que lo practican.
El respeto a la denominación legal sigue siendo la mejor práctica para mantener la transparencia y la seriedad en las comunicaciones públicas.
Según texto original de Fernando Buitrago







